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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2018-S1

    Fecha: 05-Mar-2018

    I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

    La accionante a través de su abogado, ratificó la acción de amparo constitucional presentada y ampliándola señaló que se le notificó “…con un auto de 15 de marzo de 2017 y no así con el auto de 16 de marzo de 2017…” (sic); y se emitió el mandamiento de condena, cuando no correspondía al no existir Sentencia ejecutoriada.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • no concede
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre el principio de inmediatez presupuesto procesal constitucional de inexcusable cumplimiento, que reviste a la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
    • la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • quedando legalmente notificadas las partes en audiencia por su emisión oral conforme manda el art. 160 y 333 del C.P.P.,
    • III.3. Otras consideraciones
    • CONFIRMAR

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