SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2018-S3

Fecha: 08-Mar-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal instaurado en su contra por los hechos suscitados en fecha 8 de abril de 2016, en audiencia de medidas cautelares le impusieron la medida extrema de detención preventiva, siendo que su persona no puede estar en esa situación procesal de manera indefinida, interpuso cesación a la detención preventiva en siete oportunidades, donde enervó riesgos procesales; sin embargo, su situación jurídica no se modificó, por considerar que persistían los referidos riesgos establecidos en el art. 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al encontrarse pendiente diligencias investigativas.

Ante una nueva solicitud de cesación a la detención preventiva, por Resolución 370/2017 de 4 de agosto, fue beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas detención domiciliaria con custodio, arraigo, garantía unipersonal en favor de la víctima, así como fianza real del domicilio en el que prestaría su detención domiciliaria.

Sin embargo, ante la señalada determinación tanto el Fiscal de Materia como la parte denunciante presentaron apelación, misma que fue resuelta por Resolución 187/2017 de 6 de septiembre, por el que las autoridades judiciales ahora demandadas revocaron la determinación del Juez a quo, sin considerar los argumentos de la defensa, ni los fundamentos expuestos por el “Juez Segundo Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer de El Alto” (sic), por cuanto no realizaron una valoración integral, motivada y fundamentada de los documentos aparejados; siendo que los actos investigativos que se extrañan no son imputables a su persona, afectando de esa manera sus derechos que pide se restituyan.