Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2018-S4
Fecha: 12-Mar-2018
Fragmento 3
De conformidad a lo estipulado por los art. “34 núm. 10 y 5 núm. 6” de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) —Ley 260 de 11 de julio de 2012—, por su parte, presentaron ante el Fiscal Departamental, una primera petición, solicitando que se les extienda fotocopia legalizada del instructivo y/o circular que le permita al Encargado de Recepción, observar informalmente las denuncias penales y rechazar su presentación o en su defecto, “…le instruya de que las reciba sin observación algunas más que las autorizadas por la fiscalía general del Estado” (sic).