SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2018-S4
Fecha: 12-Mar-2018
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 27 de abril de 2017 ante el Fiscal Departamental de La Paz, AFP Futuro de Bolivia S.A., representada legalmente por María Inés Mercedes García Luzio, denunció que los Fiscales dispusieron que con carácter previo a la admisión de las denuncias que presentaron por la presunta comisión del delito de apropiación indebida de aportes, se adjunten fotocopias de las demandas coactivas de la seguridad social que hubieran sido presentadas paralelamente; extremo que no es posible cumplir, dado que, para el ingreso de la demanda coactiva deben cumplirse fases previas como la identificación de mora y del cobro por vía administrativa, lo que no es posible lograr dentro del plazo otorgado para iniciar el proceso penal. En tal sentido, solicitó que el Ministerio Público extienda fotocopias legalizadas del instructivo y/o circular que instruya al Encargado de Ventanilla Única y Unidad de Asignaciones y Reasignaciones de la Fiscalía Departamental de La Paz, a exigir la presentación de la demanda coactiva, la sentencia y su notificación; dando lugar al decreto de 28 de abril de igual año, por el cual, el referido Fiscal Departamental dispuso que el Fiscal Analista Marck Michael Salazar Balderrama, informe al respecto de dicha petición (fs. 13 a 15).