SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2018-S1

Fecha: 09-Mar-2018

II.3.

II.3.  El Juez demandado, mediante Auto 120/17 de 15 de septiembre de 2017, dispuso se libre mandamiento de apremio contra el accionante, fundamentando: “Que de la revisión del proceso se puede observar que el demandado y obligado viene realizando constante observaciones a los pagos devengados, tratando de acreditar ciertos pagos realizados, llámese mediante depósitos bancarios, los cuales si bien en parte ha sido acreditados, pero no ha cumplido a cabalidad lo que se tiene aprobado en forma total por concepto de Asistencia Familiar devengada (…), no obstante, se le han respetado todos sus medios probatorios, solicitados a lo largo del todo el proceso, impugnado, pretendiendo desvirtuar o desacreditar la resolución definitiva que cursan en obrados, quizás siendo hasta demasiado contemplativos con su persona, pero lo real y cierto que dicho monto total deba ser cancelado por concepto de Asistencia Familiar es valuable en dinero y que expresa de manera clara y precisa que los mismos serán efectivizados en Depósitos Judiciales Y/O en una cuenta del sistema financiero nacional, aclarando que cualquier pago extra es de responsabilidad exclusiva del demandado.- observaciones que las realiza en un total desconocimiento de dicho acuerdo y lo establecido en el art. 127 y 415 del Código de las Familia y del Proceso Familiar.”                        (sic. [fs. 24 y vta.]).