Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2018-S4
Fecha: 12-Mar-2018
II.1.
II.1. Mediante el Informe emitido por la directora y propietaria de la casa de reposo “FORTALEZA”, cursante de fs. 58 a 59, se evidenció que la accionante dejó de vivir en dicho lugar desde el 24 de febrero de 2017, indicando que se trasladaría a vivir a la vivienda de su madre junto a sus hermanos en el inmueble ubicado en pasaje Andrés Manso 1274 de la ciudad de Cochabamba.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción de amparo
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Inspección in visu al domicilio de los demandados
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- Fragmento 11
- III.2. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.3. Derechos de los grupos vulnerables
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideración final
- CONFIRMAR