SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2018-S4
Fecha: 12-Mar-2018
III.5. Consideración final
Finalmente, cabe resaltar las acciones asumidas por el Tribunal de garantías a efectos de resolver el caso concreto, pues al margen de haberse munido de la documentación necesaria, haciendo uso de amicus curiae, y pidiendo la certificación al centro de reposo “FORTALEZA”, tuvieron la acertada decisión de constituirse en plena audiencia de la acción tutelar, al lugar de residencia de la accionante junto a los sujetos procesales a efectos de realizar una inspección in visu y corroborar la veracidad de los hechos denunciados los que sin lugar a dudas, otorgaron certeza a dicha instancia como a este Tribunal Constitucional Plurinacional que en revisión, arribó a la convicción que la resolución emitida por el Tribunal de garantías, fue acertada y encuadrada dentro de los márgenes de la legalidad y seguridad jurídica.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción de amparo
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Inspección in visu al domicilio de los demandados
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- Fragmento 11
- III.2. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.3. Derechos de los grupos vulnerables
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideración final
- CONFIRMAR