SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2018-S3
Fecha: 14-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus vertientes fundamentación, motivación y seguridad jurídica, a la defensa, a la prueba legalmente obtenida, a la presunción de inocencia y a la familia, puesto que el Fiscal Departamental de Santa Cruz a través del Resolución Fiscal Departamental FML 618/17 de 15 de agosto de 2017, sin la debida fundamentación ni motivación resolvió revocar la Resolución Fiscal de Rechazo de Denuncia de 17 de julio de 2017 emitida en su favor por el Fiscal de Materia, sin considerar las pruebas presentadas como las pericias psicológicas realizadas al menor, menos tomó en cuenta el plazo de la etapa preliminar que estaba fenecido, aspectos que vulneraron sus derechos fundamentales al inobservarse los marcos de razonabilidad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
- facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
- otra excepción se da cuando la autoridad judicial basa su decisión en una prueba inexistente o que refleja un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.3. Análisis del caso concreto
- 4)
- SERA EJERCIDA POR LA FISCALÍA EN TODOS LOS DELITOS PERSEGUIBLES DE OFICIO
- CONFIRMAR