SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2018-S4

Fecha: 13-Mar-2018

III.1.  Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad

           El art. 178.I de la CPE, refiere que la potestad de impartir justicia se sustenta entre otros principios, en el de celeridad, aplicable por excelencia al trámite de consideración de medidas cautelares de carácter personal, lo que implica que, debe dejarse de lado cualquier demora injustificada, pues lo contrario, significaría una restricción injusta del derecho a la libertad, por cuanto toda autoridad judicial en conocimiento de una solicitud en el que esté involucrado ese derecho debe atenderla con la mayor prontitud posible.