SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2018-S1

Fecha: 12-Mar-2018

Con relación a la actuación de la codemandada

           Con relación a la actuación de la codemandada Secretaria del Juzgado Público Mixto e Instrucción Penal Primero de San Julián del departamento de Santa Cruz, quien sería también responsable de la falta de remisión de los antecedentes de la apelación, desobedeciendo una orden emanada por el Juez; es preciso tener en cuenta lo expresado en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, que concluyó que, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, los Secretarios de los Juzgados carecen de legitimación pasiva por la naturaleza de sus funciones de dependencia, ya que es el Juez como autoridad máxima dentro de un Juzgado o Tribunal quien tiene que controlar y velar que todas las causas que están a su conocimiento cumplan con las normas y plazos establecidos a fin de evitar lesiones de los derechos o garantías del mundo litigante.

Sin embargo, también la jurisprudencia constitucional señala la excepción a esta subregla relativa a la legitimación pasiva, al determinar los presupuestos en los que de forma excepcional el personal de apoyo jurisdiccional adquiere legitimación pasiva, constituyendo uno de ellos la existencia de un evidente desconocimiento e incumplimiento de sus propias funciones y obligaciones.