Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2018-S1
Fecha: 15-Mar-2018
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 33/17 de 27 de octubre de 2017, cursante de fs. 25 vta. a 27, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en base a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la acción de libertad tutelará cuando, el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad, así: ‘En cuanto respecta propiamente a la tutela al debido proceso a través de esta acción tutelar, el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo