SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2018-S1
Fecha: 15-Mar-2018
i)
Luis Montaño Álvarez, Fiscal de Materia, entre los cuales se encuentra en audiencia señaló: i) La Ley 254 de 5 de julio de 2012, establece los procesos constitucionales, uno de ellos, la acción de libertad que sigue cuatro parámetros, desglosando que uno de los cuales se refiere al presupuesto de la persecución ilegal, arguyendo que el presente hecho denunciado no corresponde al caso, porque el accionante tuvo conocimiento de manera cronológica de los actuados que se realizaron dentro el proceso penal instaurado en su contra; ii) Refiere que el Ministerio Público cumplió con el debido proceso desde la gestión 2016, manifestando que se efectuaron las correspondientes citaciones incluso por edictos, arguye también que este proceso penal inició por el presunto delito de organización criminal en materia ordinaria ante la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos Patrimoniales 4, posteriormente se remitió a la unidad especializada anticorrupción por un informe de la unidad de investigación financiera, al establecer indicios de delitos de corrupción, extremo que fue conocido por la autoridad jurisdiccional quien ordenó las medidas judiciales convenientes, existiendo el debido control jurisdiccional del proceso; y, iii) La parte accionante tenía los mecanismos conforme procedimiento que corresponde a la Ley 1970, -Código de Procedimiento Penal- para determinar el acceso al cuaderno de investigación, corroborando este hecho con los memoriales que presentó mediante sus abogados.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la acción de libertad tutelará cuando, el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad, así: ‘En cuanto respecta propiamente a la tutela al debido proceso a través de esta acción tutelar, el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo