SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018-S1

Fecha: 15-Mar-2018

1)

Esther Guadalupe Dávila Cáceres, Fiscal de Materia en audiencia manifestó que:    1) Al accionante se le sigue proceso por varios delitos en los que la víctima es un menor de edad, de quien a la fecha no se sabe su paradero, debido a que el imputado obstaculiza la investigación; 2) Por SCP 125/2017-S3 de 6 de marzo, se conminó al Ministerio Público a realizar todos los actos necesarios para conocer donde se encuentra el menor y dar con los responsables; 3) Al momento de su aprehensión se encontraba presente su custodio que firmó el acta respectiva; 4) El accionar del Ministerio Público está respaldado por la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas (LITTP); 5) La investigación en busca de la verdad material, donde la víctima es un menor de edad, está amparado por el art. 61 de la CPE y el Código Niño, Niña y Adolescente; y, 6) El accionante debió acudir ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer Cuarta del departamento de La Paz, por el principio de subsidiariedad; por lo que, no se han vulnerado principios constitucionales, en consecuencia se deniegue la tutela.

El accionante denuncia que se vulneró su derecho a la libertad, porque: 1) La Fiscal de Materia demandada emitió mandamiento y requerimiento fundamentado de aprehensión, de acuerdo al art. 226 del CPP, aspecto que considera es ilegal al encontrarse ya el proceso de investigación en etapa preparatoria, además con detención domiciliaria; y, 2) Juan Carlos Apaza Rodríguez el 23 de octubre de 2017 ejecutó el referido mandamiento a horas 18:32, fuera del horario permitido por el Órgano Judicial.