SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018-S1

Fecha: 15-Mar-2018

i)

Juan Carlos Apaza Rodríguez, Comandante de la UTOP zona sur del departamento de La Paz, en audiencia señaló que: i) Se constituyó “al edificio del juzgado tribunales de la ciudad de La Paz” (sic), a fin de dar cumplimiento al mandamiento de aprehensión esperando desde horas 15:30 aproximadamente; ii) A la culminación de la audiencia donde asistió el accionante, se apersonó e identificándolo le indicó que eran las 18:29, que tenía mandamiento de aprehensión y le entregó el documento; y, iii) Luego de la lectura del documento, de manera abrupta el ahora accionante ingresó al despacho de la Jueza reclamando por su aprehensión y la hora en que fue ejecutada la misma, autoridad que respondió que eran las 18:32 y pidió que desalojaran su despacho.

El accionante denuncia que se vulneró su derecho a la libertad, porque: i) La Fiscal de Materia, emitió mandamiento y requerimiento fundamentado de aprehensión de acuerdo al art. 226 del CPP, aspecto que considera es ilegal al encontrarse ya el proceso de investigación en etapa preparatoria, además con detención domiciliaria; y, ii) Juan Carlos Apaza Rodríguez el 23 de octubre de 2017, ejecutó el mandamiento a horas 18:32, fuera del horario permitido por el Órgano Judicial.

Conforme a lo señalado en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la acción de libertad es un medio de protección idóneo en casos que se encuentren vulnerados los derechos a la libertad física o personal, o de locomoción; asimismo, un medio de protección para los supuestos de persecución, apresamiento y procesamiento ilegal o indebido por parte de servidores públicos o de personas particulares, protegiendo del mismo modo el derecho a la vida, cuando este se encuentre en peligro.

De lo expuesto precedentemente, se establece que en el presente caso, el accionante denuncia supuestas irregularidades o determinaciones cometidas por la Fiscal accionada y el funcionario policial en su aprehensión; en el contexto señalado, es preciso establecer si corresponde o no la activación de la acción de libertad respecto a su denuncia de estar indebidamente privado de libertad.