SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2018-S4

Fecha: 14-Mar-2018

a)

La omisión de respuesta  a las cartas presentadas, sea en forma positiva o negativa en un plazo oportuno, lesionó su derecho a la petición, extremo que se advierte al haberse cumplido los presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional, a efectos de que esta jurisdicción tutele el indicado derecho, como ser: a) La existencia de una petición oral o escrita; b) La falta de respuesta material y en tiempo razonable de la solicitud; y, c) La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objeto de hacer efectivo el derecho a la petición; además de acuerdo a los entendimientos jurisprudenciales, el referido derecho no encuentra satisfacción en el silencio administrativo negativo, porque su contenido esencial y legal es el de generar una respuesta formal y motivada que resuelva el fondo del asunto peticionado, y que le sea comunicada o notificada al peticionante.