Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2018-S2
Fecha: 15-Mar-2018
II.2.
II.2. Se tiene fotocopia legalizada de la Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0495/EVG/ 14/2017 de 10 de febrero, emitida por la Jefa Departamental de Trabajo La Paz; por la cual, se conminó a la EMAVERDE, a la reincorporación inmediata de la impetrante de tutela, al mismo puesto que ocupaba al momento de la ruptura de la continuidad de la relación laboral; más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales (fs. 154 a 157). Asimismo, consta notificación de 14 de febrero de 2017 a la Empresa demandada con la referida Conminatoria (fs. 158).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- 2)
- 3)
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 3° Exhortar
- MAGISTRADO
- [6]