SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2018-S1
Fecha: 19-Mar-2018
I)
I) De conformidad al art. 398 del CPP, la resolución de segunda instancia debe circunscribirse a los aspectos cuestionados del Auto impugnado, refiriendo que el Juez a quo, consideró que el riesgo de obstaculización persiste porque se está influyendo negativamente en la víctima sucediendo lo mismo en testigos, peritos, inclusive sobre un funcionario policial que no es el asignado al caso, habiendo dicha autoridad judicial sustentado que: “…Juan Carlos Montaño Aneiva es el inquilino del lugar donde se habría cometido el delito es el que trabaja en su condición de técnico eléctrico de motocicletas y donde se habría cometido el hecho delictivo y una vez lograda su libertad, si es que procedería se pone en riesgo la obstaculización ya que el supuestamente tendría la posibilidad de nuevamente retornar a su trabajo y de esa manera hacer desaparecer, modificar elementos de prueba que el imputado fácilmente lo puede ejecutar ocupando nuevamente esos ambientes es por ello en la etapa preparatoria principalmente existe el riesgo de que se obstaculice la investigación, modificando sustrayendo, eliminando y haciendo desaparecer elementos de prueba cuando el imputado este en libertad peligro de obstaculización que no solo abarca la etapa preparatoria de 6 meses sino todo el proceso penal sino inclusive hasta ejecución de sentencia, también tomando en cuenta la gravedad del hecho delictivo violación múltiple en ese sentido no se ha desvirtuado el Num. 1 del Art. 235 del C.P.P…” (sic), de cuyo razonamiento da a entender que en el presente aún existen elementos que deben ser recolectados en esta etapa preparatoria, siendo la misma la base para llegar a juicio oral, debiéndose considerar que el peligro de obstaculización todavía persiste;
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones que resuelven medidas cautelares
- Fragmento 10
- III.2. Sobre la valoración de la prueba en apelación de medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- I)
- III)
- CONFIRMAR