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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2018-S1

    Fecha: 19-Mar-2018

    II.2

    II.2. Cursa Proforma 3674 de la Clínica “Maurer” de 24 de octubre de 2017, por atención a la ahora accionante -paciente 6518-, que ingresó el 20 del mismo mes y año, con un total de gastos por concepto de honorarios y servicios clínicos de Bs15 892,27.- (quince mil ochocientos noventa y dos 27/100 bolivianos [fs. 5]).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • i)
    • II.2
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • 1)
    • todos aquellos casos donde se denuncie la retención de una persona en un centro hospitalario privado, por incumplimiento de obligaciones ante los servicios prestados, esta debe ser denunciada a través de la acción de libertad, conforme a la naturaleza y requisitos exigidos para tal efecto
    • teniendo en cuenta
    • En esta lógica, se concluye que los centros hospitalarios sean éstos de carácter público o privado, cuando retienen en sus instalaciones a los pacientes dados de alta, o en su caso se nieguen a darles el alta con la finalidad de obligar a los mismos pacientes o a sus familiares al pago de la deuda por los servicios prestados, lesionan el derecho a la libertad individual y de locomoción de la persona
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17

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