SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
concedió
El Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, emitió Resolución 16 de 1 de noviembre de 2017, cursante de fs. 180 a 181 vta., por la que concedió la tutela impetrada; disponiendo que el Gerente General de la Clínica Figueroa S.R.L. permita que el accionante abandone dicho nosocomio; fundando su resolución en los siguientes fundamentos: a) Mediante contrato de adhesión entre el paciente y la Clínica, se estableció que éste podría retirarse de la misma, una vez que el médico responsable emita la orden de alta y en caso de incumplimiento, autoriza a la Clínica a dar a conocer y registrar su nombre completo y número de cédula de identidad en la central de riesgos, reportando el monto de la deuda vencida e impaga; b) El 20 de octubre de 2017, se emitió el alta médica; empero, debido a las deudas económicas del paciente que ascendían al monto de “Bs32 000”.- como remanente que quedó después de que el SOAT hubiera pagado “Bs24 000”.-(veinte cuatro mil bolivianos), la Gerencia de la Clínica impidió su salida, reteniéndolo hasta que el mismo cancele la suma adeudada; y, c) De acuerdo a lo previsto por el art. 6 de la Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones Patrimoniales –Ley 1602 de 15 de diciembre de 1994–, el cumplimiento forzoso de las mismas, podrán efectivizarse únicamente sobre el patrimonio de los sujetos responsables.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Respecto a la retención de pacientes en recintos hospitalarios públicos y privados
- en todos aquellos casos donde se denuncie la retención de una persona en un centro hospitalario privado, por incumplimiento de obligaciones ante los servicios prestados, esta debe ser denunciada a través de la acción de libertad,
- III.3. Análisis del caso concreto
- El paciente podrá retirarse de la clínica
- CONFIRMAR