Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2018-S3
Fecha: 26-Mar-2018
I.2.3 Intervención de la tercera interesada
Sonia Salvatierra Brezny, por medio de su apoderado en audiencia manifestó que, no son evidentes los argumentos expuestos por el accionante, porque a lo largo del proceso utilizó cuanta situación jurídica tuvo a su alcance, obteniendo en primera instancia un fallo de fondo debidamente motivado en las leyes que aplican en materia familiar y que su único afán es impedir la división y partición de los bienes; finalizando, solicitó se deniegue la tutela impetrada y se remita inmediatamente el cuaderno procesal familiar al juzgado correspondiente, para que se continúe con el trámite de ejecución que pretende evitar el accionante.
- José Javier Durán Tarabillo
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3 Intervención de la tercera interesada
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de verdad material y prevalencia del derecho sustancial sobre el formal
- III.2.Requisitos de admisibilidad de la apelación frente a la justicia material
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- i)
- REVOCAR