SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2018-S1

Fecha: 23-Mar-2018

III.2.  Análisis del caso concreto

La parte accionante denuncia la lesión de su derecho a la propiedad, por cuanto los demandados, autodenominándose dirigentes del barrio “Monte Líbano”, asumiendo medidas de hecho ingresaron a sus predios, acciones que se repitieron con más fuerza desde mediados de septiembre de 2017, efectuando ocupaciones de sectores y superficies, bajo el argumento de que no se estuviera cumpliendo con la función social y cuando les mostraron sus títulos pretendiendo que desocuparan pacíficamente el predio, fueron recibidos con agresividad e insultos.

De la documentación cursante en las Conclusiones II.1 y II.3 del presente fallo, se tiene que la parte accionante acreditó su personería jurídica otorgada por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, por Resolución 45/2010; asimismo, presentó Folio Real con matrícula 9.01.1.01.0015890, que evidencia que el inmueble fue obtenido a través de un proceso de usucapión e inscrito a nombre de APPAMOL, el 15 de mayo de 2015, cuya sub inscripción de rectificación, en mérito a la Escritura Pública 670/2016, es del 3 de octubre del mismo año.

La parte demandada a su vez, presentó documentación relativa a su personería jurídica y la Resolución Suprema Departamental 032/2015, otorgadas por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando y una certificación extendida por el Presidente de la Federación de Juntas Vecinales del municipio de Cobija, que establece su afiliación desde el año 2013; así como documentación referida a solicitud de mantenimiento, arreglo de calles, recojo de basura y certificado de personalidad jurídica (Conclusiones II.2 y II.4 del presente fallo).