Sentencia Constitucional Plurinacional 0087/2018-S1 de 23 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0087/2018-S1 de 23 de marzo

Fecha: 23-Mar-2018

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

De los hechos que motivaron la interposición de la presente acción, que se constituyen en la causa para solicitar el resguardo de los derechos invocados por el accionante, se identifica como problema jurídico a resolver el siguiente: Considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, presunción de inocencia, al trabajo y a una justicia plural, pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones en razón a que la autoridad militar demandada, emitió la certificación CITE COFADENA-DAF 1983/2016 de 13 de julio, con la que fue notificado el 1 de agosto del mismo año, por la que se le atribuye cargo de cuentas pendientes en la Unidad Ganadera “Campo 23 de Marzo” (UG-C23M) con relación a doscientas cuarenta y seis cabezas de ganado faltantes durante la prestación de sus servicios en dicha entidad, documento que se sustenta en el Informe de Auditoría Interna UAI-011/2016 de 24 de junio, sin que tuviera conocimiento del mismo a objeto de presentar los descargos correspondientes, aspecto que le inhabilitó para su ascenso al grado de General y contar con la remuneración del cargo que repercute en el promedio salarial de su jubilación, máxime si la convocatoria para el ascenso sólo se lleva adelante por única vez.

En consecuencia, para una mejor comprensión de los fundamentos jurídicos de la presente disidencia, el eje temático que motiva el análisis para resolver la problemática planteada radica en el incumplimiento del principio de inmediatez que rige la acción de amparo constitucional y su no suspensión por el planteamiento de medios inidóneos, a este efecto se cita la jurisprudencia respectiva.