ACLARATORIO DE LA SCP 0132/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0132/2018-S2

Fecha: 16-Abr-2018

II.2.1.     Principio de legalidad

En correspondencia con el marco constitucional citado en el anterior Fundamento, el Código de las Familias y del Proceso Familiar -Ley 603 de 19 de noviembre de 2014-, establece los casos, condiciones y formalidades en los que es posible la limitación del derecho a la libertad del obligado que incumple con el pago de la asistencia familiar; dado que, este derecho concierne a la satisfacción de las necesidades más elementales como la alimentación, vestimenta, vivienda, educación, etc.; en ese entendido, no solo incumbe al interés particular de las partes, sino, alcanza también al social, cuya materialización se encuentra garantizada por el Estado[1]

Cuando la o el obligado haya incumplido el pago de asistencia familiar, a petición de parte, la autoridad judicial ordenará el apremio corporal hasta seis (6) meses, y en su caso podrá ordenar el allanamiento del domicilio en el que se encuentre la o el obligado. Para el cumplimiento del apremio corporal se podrá solicitar el arraigo de la o el obligado.