Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0122/2018-CA
Fecha: 17-Abr-2018
Sala Primera
En consulta la Resolución de 20 de marzo de 2018, cursante de fs. 943 a 945 vta., pronunciada por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por María Antonieta, Rossemary, Orlando, José, Ernesto, Mario Jesús, Eduardo, Bladimir, Jorge Jonny y Celso, todos de apellidos Campos Pinto, Jorge Victoriano Campos Jiménez y Tito Bruno Álvarez, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 3975 de 24 de noviembre de 2008, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13.I, 19, 46, 47, 56, 393 y 397 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Sala Primera
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional, legal y jurisprudencial
- consiste en la presentación de razonamientos y criterios derivados de la Constitución Política del Estado, que configure una duda
- Fragmento 6
- II.3. De la dependencia que debe existir entre la norma cuestionada y la decisión final a emitirse en el caso en el que se interponga la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- RATIFICAR