AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2018-RCA

Fecha: 03-Abr-2018

Fragmento 2


Por memoriales presentados el 23 de febrero y 1 de marzo de 2018, cursantes de fs. 14 a 20 y 23 a 25 vta., la accionante señala que dentro del proceso civil de nulidad de contrato que le siguen Secundina Celia y German de la Cruz, ambos Alarcón Flores, interpuso excepciones previas, que fueron resueltas mediante Auto Interlocutorio 17/2013 de 7 de junio, que dispuso la anulación de obrados hasta la presentación de la demanda, por lo que los demandantes ampliaron y modificaron su demanda, siendo nuevamente citada, también presentó excepciones previas y posteriormente la reconvención el 28 de agosto de 2013, sin que luego se realizara ningún otro acto procesal, entonces, el Juez Público Civil y Comercial Decimocuarto del departamento de La Paz emitió la Resolución 376/2014 de 20 de junio, declarando la extinción del proceso por inactividad procesal con archivo de obrados, lo que no estaría siendo cuestionado en la presente acción de amparo constitucional.