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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2018-S3

    Fecha: 03-Abr-2018

    II.4.

    II.4.  Por Auto de 18 de octubre de 2017, Pazzis Grover Vega Méndez, Vocal de la Sala de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa, se excusó del conocimiento de la causa ratificando su postura de otros procesos, remitiendo el cuaderno de apelación a conocimiento del Vocal que conforma Sala para la prosecución del trámite respectivo (fs. 57).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Fragmento 5
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Ratificación  de  la jurisprudencia referida a la celeridad que debe imprimirse en la remisión de la apelación incidental al Tribunal de   apelación y la acción traslativa o de pronto despacho
    • deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito en el término de veinticuatro horas
    • celeridad
    • Fragmento 17
    • III.2.  El principio de celeridad en la administración de justicia
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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