SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S1

Fecha: 10-Abr-2018

concedió

El Juez Público Civil y Comercial de Partido, del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Chulumani del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 3/2017 de 23 de noviembre, cursante de fs. 9 a 11, concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata remisión del cuaderno de apelación en un plazo máximo de veinticuatro horas, en base a los siguientes fundamentos: i) Habiéndose planteado en audiencia de medidas cautelares el recurso de apelación por la parte accionante, hasta el momento de la celebración de la audiencia de acción de libertad transcurrieron más de cuarenta y ocho horas, contradictoriamente a lo dispuesto por el art. 251 del CPP; ii) Se probó una negligencia manifiesta por parte de la autoridad demandada, por no haber remitido en el plazo señalado por ley el cuaderno de control jurisdiccional, objeto de la presente demanda, ante el Tribunal de alzada; iii) Se comprobó una actitud negligente por parte de la Jueza Pública Mixta de Familia de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera, al exigir que el accionante cubra los gastos de traslado del expediente y señalar en su informe que la remisión de obrados, se realizaría una vez que el imputado provea los gastos de remisión, mencionando erróneamente que esos gastos no deben ser solventados por los funcionarios; y, iv) Se ha probado que hasta la emisión de la resolución de la acción tutelar, no se elaboró el acta de audiencia de medidas cautelares, ni la correspondiente resolución de la misma.