SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S4
Fecha: 10-Abr-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su abogado se ratificaron en la acción de amparo constitucional interpuesta y ampliándola señalaron que la parte demandada interpuso excepciones de incompetencia por falta de personería, y oscuridad y contradicción en la demanda, que fueron declaradas improbadas en primera instancia y ratificadas por el referido Auto de Vista; por lo que, al haber adquirido el valor de cosa juzgada no correspondía que se interponga otro recurso de apelación; asimismo las autoridades demandadas en el Auto de Vista 42/17 emitido, cambiaron la nomenclatura del proceso sumario por ordinario y no se sujetaron a los puntos resueltos en la Resolución pronunciada por el Juez de primera instancia, ni en el recurso planteado y ultra petita anularon obrados, lesionando sus derechos y garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. La acción de
- III.2. Recursos de impugnación contra Autos de Vista emitidos en alzada dentro de los procesos sumarios
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR