SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2018-S4

Fecha: 10-Abr-2018

I.2.3. Informe del tercero interesado

Denia Masay Burgo, presentó informe oral en audiencia, mediante su abogado, manifestando que la acción de amparo constitucional presentada por los accionantes se basó en hechos procesales, sin referirse a los derechos que fueron vulnerados por éstos; por otra parte, las autoridades demandadas al haber anulado obrados mediante la Resolución de alzada que pronunciaron, para integrar en la litis a PROSALUD y al Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Quijarro del departamento de Santa Cruz, obraron de manera correcta; toda vez que, debió haberse demandado a dichas instituciones, considerando que esa institución de salud es la que ocupa el inmueble objeto de la demanda, a través de un contrato suscrito con la entidad municipal referida; con quienes ya perdieron un proceso ordinario de desocupación y nulidad de ordenanzas municipales, el cual ya se encuentra ejecutoriado; finalmente correspondía que los impetrantes de tutela demanden por la vía ordinaria, aspecto que tampoco fue observado por el Juez a quo y que éste debió conceder el recurso de apelación en el efecto suspensivo, más no así en el devolutivo, por cuanto corresponde denegar la tutela impetrada.