SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2018-S1

Fecha: 16-Abr-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 8 de noviembre de 2017, solicitó cesación de la detención preventiva al Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz; sin embargo, la Jueza Técnica del referido Tribunal de Sentencia, Narda Betty Ticona Henao -ahora demandada-, suspendió en tres oportunidades dichas audiencias, con el argumento de que no se encontraba presente el Secretario suplente Herbert Henrry Aguilar Pérez -hoy codemandado-, quien a pesar de ser notificado con los señalamientos de audiencias, no se presentó a las mismas, habiendo trascurrido más de tres semanas sin que se resuelva su  solicitud.

Señala que interpone la presente acción tutelar en atención de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0110/2012 de 27 de abril y 1103/2012 de 6 de septiembre, las cuales tutelan los supuestos de demora en la celebración de audiencia de cesación de la detención preventiva, misma que no puede ser suspendida bajo ningún motivo o causa, caso contrario se estaría incurriendo en retardación de justicia, vulnerando el principio de celeridad.