Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2018-S1
Fecha: 16-Abr-2018
II.3.
II.3. Consta tablilla de audiencia del Tribunal citado en la conclusión anterior, por la cual se evidencian las audiencias señaladas desde el lunes 27 de noviembre hasta el viernes 1 de diciembre de 2017; de la misma se advierte que para el miércoles 29 de dicho mes y año, a horas 15:00 se tenía programada una audiencia de juicio oral dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Kevin Averanga Zurieta y otros, por el delito de asesinato (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER