SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2018-S1
Fecha: 25-Abr-2018
REVOCAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 01/2017 de 16 de noviembre, cursante de fs. 25 a 28 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada con base a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional, sin disponer señalamiento alguno; toda vez que, la autoridad demandada ya señaló la misma; sin embargo, se llama la atención a esta autoridad por la dilación en dicho señalamiento, exhortándole a que en futuras actuaciones cumpla y observe los plazos establecidos por la normativa procesal penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Informe de la tercera interviniente
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el recurso de apelación incidental
- El Tribunal de apelación resolverá, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, último de los cuales según la doctrina constitucional sentada por este Tribunal, busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- la acción de libertad (hábeas corpus) traslativa o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad, como elemento del debido proceso que, en materia penal, involucra la posibilidad de una futura restricción a la libertad, en actuaciones o trámites judiciales o administrativos que se constituyen en dilaciones indebidas que retarden o eviten resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad»´”
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo