SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2018-S4
Fecha: 16-Abr-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante en representación sin mandato del menor AA, denunció como lesionados los derechos a la impugnación de las resoluciones vinculada al derecho a la libertad física, así como a los principios de celeridad, favorabilidad, interés superior y desformalización de los procesos especiales y del sistema penal para adolescentes, al haber declarado los Vocales demandados, inadmisible el recurso de apelación incidental, bajo el argumento que debía ser presentado de forma escrita aplicando el art. 314 del Código Niña, Niño y Adolescente, cuando excepcionalmente debió interpretarse favorablemente la previsión del referido trámite, prescindiendo de dicha formalidad, la misma que inclusive es aplicable en el sistema de adultos de conformidad al art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Código Niña, Niño y Adolescente, como normativa especial, dentro de su carácter teleológico configura en cuanto al ‘Sistema Penal para Adolescente’, una jurisdicción especializada así como la aplicación de procedimientos especiales, que permiten una intervención jurídica distinta a la prevista el Código de Procedimiento Penal
- el reconocimiento de un sistema penal diferenciado para los adolescentes infractores, no sólo importa la existencia de una jurisdicción especializada
- normativa procesal penal aplicable cuando se encuentren involucrados adolescentes, es la prevista en la Ley 548 de 17 de julio de 2014 Nuevo Código Niña, Nina y Adolescente
- Artículo 259 (SISTEMA PENAL)
- tanto para la activación como para la resolución del recurso de apelación incidental
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- denegar
- CONFIRMAR