SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2018-S1

Fecha: 25-Abr-2018

III.2. Análisis del caso concreto

                                                           Finalmente, solo a manera de aclaración, es preciso señalar que la acción de libertad de pronto despacho o traslativa, invocada también por el accionante, si bien busca acelerar los trámites judiciales o administrativos; empero, solo opera en caso de existir vulneración al debido proceso en su elemento  celeridad cuando esté directamente vinculada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad (SC 0465/2010-R de 5 de julio); si esto es así, los argumentos vertidos por el nombrado accionante, no se adecúan a esta tipología de acción de libertad y por lo mismo, no puede ser tutelado, por cuanto, como se dijo precedentemente, la problemática en cuestión no tiene relación directa con la libertad.