Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2018-S3
Fecha: 30-Abr-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución de 19 de diciembre de 2017, cursante de fs. 267 a 272 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edgar Justiniano Daza Siles contra Maria Anawella Torres Poquechoque y Nelson César Pereira Antezana, Vocales de la Sala Penal Segunda y Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, María Amparo Zapata Solíz, María Angélica Sánchez Rojas y Germán Saúl Pardo Uribe, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Sobre la labor del tribunal de alzada en el tratamiento de medidas cautelares
- el análisis integral de los nuevos elementos presentados por el imputado para obtener la cesación de la detención preventiva, no sólo alcanza al juez cautelar, sino también al tribunal que conozca en apelación la resolución que conceda o rechace la cesación de la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto