Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2018-S3
Fecha: 30-Abr-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega como vulnerados sus derechos a la libertad, igualdad, dignidad humana, defensa, justicia y debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación, este último en virtud a que la solicitud de consideración de cesación a la detención preventiva fue rechazada en primera instancia, mediante una Resolución carente de valoración probatoria, acto que fue convalidado por el Tribunal de alzada -que a su criterio- incurrió en los mismos errores al omitir fundamentar y motivar la Resolución respecto a la prueba aportada a fin de desvirtuar los riesgos procesales que originaron su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Sobre la labor del tribunal de alzada en el tratamiento de medidas cautelares
- el análisis integral de los nuevos elementos presentados por el imputado para obtener la cesación de la detención preventiva, no sólo alcanza al juez cautelar, sino también al tribunal que conozca en apelación la resolución que conceda o rechace la cesación de la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto