Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2018-S3
Fecha: 18-Abr-2018
II.2.
II.2. El memorial de 9 de agosto de 2017, presentado al Juez de Instrucción Penal Primero de Villa Tunari del departamento de Cochabamba, -ahora co demandado-, por el cual, la accionante se dio por notificada y formuló recurso de apelación incidental contra la Resolución descrito precedentemente (fs. 32 a 38); que mereció como respuesta la providencia de 15 de agosto de igual año, donde la autoridad referida determinó su incompetencia para conocer el recurso planteado por haberse remitido el proceso ante el Tribunal de Sentencia para la instalación del juicio oral (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR