SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2018-S3

Fecha: 20-Abr-2018

II.14.

II.14. A través del memorial presentado el 22 de junio de igual año, el impetrante de tutela, se apersonó y solicitó a la Jueza ahora demandada, la nulidad de obrados, hasta que sea legalmente notificado con la liquidación de pensiones de 26 de enero del mencionado año, y obtuvo como respuesta el decreto de 23 de junio de 2017, con el que se corrió traslado con el incidente planteado a la demandante dentro del proceso familiar; posteriormente mediante Resolución de 2 de octubre del referido año; la Jueza de la causa, rechazó el incidente de nulidad de notificación formulado por el solicitante de tutela y ordenó se expida mandamiento de apremio en su contra, por lo que dispuso notificarlo mediante comisión instruida en el municipio de Vinto del departamento de Cochabamba, se puso en conocimiento de este actuado a las partes el 9 de noviembre del citado año en el tablero del juzgado (fs. 118 a 125).