AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2018-RCA

Fecha: 28-May-2018

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 24 de abril de 2018, cursante de fs. 154 a 161, las accionantes refieren que mediante publicaciones realizadas en el diario El DEBER el 14 de marzo; y, 14 y 16 de abril del citado año, se anoticiaron que el 30 de igual mes y año, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en aplicación del art. 3.6 de la Ley Autonómica Municipal GAMSCS 136/2015 de 21 de septiembre, sin que exista un reglamento como previene dicha norma, procedería al traslado, demolición y limpieza de sus puestos de venta, constituyéndose ese aspecto en una amenaza pública, donde podrían intervenir el Ejército y la Policía; por tal razón, de conformidad a los arts. 304 y 305 del Código de Procedimiento Penal (CPP), contra dicho acto no existe medio de impugnación ni recurso ulterior alguno excepto la acción de amparo constitucional.

Puntualizan que según se tiene planificado, el 30 del mismo mes y año la reubicación sería ejecutada a los gremiales del mercado “La Ramada” de donde forman parte, por ello corren el riesgo de ser relocalizadas a centros de abasto nuevos, donde sus ventas no serían las mismas que en su puesto actual, perdiendo sus clientes y mermando sus ingresos, aspectos que generarían inclusive un trauma psicológico, económico y social, extremos que no fueron considerados por las autoridades ediles -ahora demandados-, quienes deberían otorgarles un apoyo económico para que no sufran ese momento y puedan sostener parcialmente dicha conmoción y con el tiempo nivelar la perdida de sus ingresos y clientes.

Alegan que, al encontrarse en estado de gravidez y con hijos menores de un año, el traslado a otro mercado les afectaría emocionalmente, disminuiría sus ingresos y no tendrían alimento diario, poniendo en riesgo sus vidas y la de sus hijos, situación que debe ser evitada por las autoridades ediles; además, originaría que sus dependientes, como los serenos, carretillero, barrenderos, ayudantes de venta, etc., queden sin trabajo, poniendo inclusive en peligro la seguridad alimentaria, pues se echarían a perder los productos de los agricultores y proveedores de mercaderías, ocasionando el aumento de la canasta familiar afectando a la población.