Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2018-RCA
Fecha: 28-May-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 5 de 3 de mayo de 2018, cursante de fs. 619 a 621 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eduardo Patty Condori, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Uncía del departamento de Potosí contra Jorge Andrés Pérez Maita, Vidal Rollano Vallejo y Edith Rosario Peñaranda Ávila, ex Vocales de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa; y, Wilfredo Ramos Quispe de la Sala Civil y Comercial, todos del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; David Niño de Guzmán Molina ex; y, Remberto Cabrera Mamani, actual Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Uncía del citado departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR