SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2018-S3

Fecha: 16-May-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Conjuntamente su esposa son propietarios y actuales poseedores de un terreno agrícola ubicado en la comunidad de Sacha Sacha, perteneciente al municipio de Vacas de la provincia Arani, con una extensión de 12 250 m2, adquirida mediante Escritura Pública de 26 de octubre de 2015, de sus anteriores propietarios Richard Cándido Paulo Rodríguez y Felipa Sirpa Choque, quienes a su vez lo adquirieron de Pastor Rodríguez Paula y Benita Quispe Rojas de Rodríguez, mediante Escritura Pública de 28 de mayo de 2014, contando con Resolución Suprema (RS) 122103 de 20 de agosto de 1963 y Título Ejecutorial 341115 de 3 de enero de 1966, debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), en el Libro de Propiedades de la provincia Arani, Partida 271, fs. 86.

El 24 de septiembre de 2017, a horas 12:00 aproximadamente, asumiendo vías de hecho y tomando justicia por mano propia, la demandada, acompañada de sus hijas, en presencia del Secretario de Agricultura del Sindicato Agrario de Sacha Sacha, hizo arar de manera dolosa y premeditada el terreno en el que se encuentra en posesión pacífica y pública cumpliendo la función social, y no conforme con ello, de manera arbitraria instruyó al tractorista arar la parte de la vertiente de agua existente en su propiedad, misma que por la remoción de la tierra brota con dificultad, tendiendo a desaparecer; por lo que, su persona, vecinos y animales domésticos quedaron sin agua para su consumo por ser el único lugar de donde pueden obtenerlo, por cuanto el agua de la Laguna Parcococha, que se encuentra a orillas de su propiedad, no es apta para el consumo y servicios por ser salada.