Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2018-S2
Fecha: 11-May-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato, considera lesionado su derecho a la vida y a la libertad; toda vez que, se encuentra privado de su libertad en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, no obstante haber suscrito un acuerdo transaccional sobre el pago de asistencia familiar devengada; debido a que la Jueza a cargo del proceso se encuentra de vacación y el expediente no fue remitido al Juez de turno; por lo que, solicita se le conceda la tutela y se ordene la restitución inmediata de su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad innovativa. Jurisprudencia reiterada
- Ahora bien, está claro que el propósito de la acción de libertad innovativa, radica, fundamentalmente, en que todo acto contrario al régimen constitucional que implique desconocimiento o comprometa la eficacia de los derechos tutelados por esta garantía jurisdiccional, debe ser repudiado por la justicia constitucional
- III.2.
- REVOCAR