SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2018-S2
Fecha: 11-May-2018
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 21 de 21 de diciembre de 2017, cursante de fs. 16 a 17 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad judicial demandada, siempre y cuando no lo haya ordenado aún, en el día de la notificación con el presente fallo, disponga la suspensión del apremio corporal y la consiguiente libertad del obligado en mérito al acuerdo transaccional de 15 de diciembre de 2017.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de libertad innovativa. Jurisprudencia reiterada
- Ahora bien, está claro que el propósito de la acción de libertad innovativa, radica, fundamentalmente, en que todo acto contrario al régimen constitucional que implique desconocimiento o comprometa la eficacia de los derechos tutelados por esta garantía jurisdiccional, debe ser repudiado por la justicia constitucional
- III.2.
- REVOCAR