SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2018-S2
Fecha: 14-May-2018
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 18 de 14 de diciembre de 2017, cursante de fs. 119 vta. a 123, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, por mantener ilegalmente los Mandamientos de Aprehensión y de Arraigo, no obstante que la Resolución Conclusiva de Sobreseimiento emitido a favor de los hoy accionantes se encuentra ejecutoriada, dado que no fue impugnada oportunamente; en consecuencia, se ratifican las medidas dispuestas por el Tribunal de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- concedió
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.10.
- i)
- SCP 0725/2014 de 10 de abril
- Considerando que de la lectura del segundo párrafo del art. 324 del CPP, el fiscal solo está impelido a remitir la resolución de sobreseimiento de oficio cuando no se haya constituido parte querellante, o en su caso, ésta se haya ausentado o abandonado el proceso penal
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR