SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2018-S2
Fecha: 14-May-2018
i)
Los accionantes mediante sus representantes denunciaron la vulneración de sus derechos a libertad personal y de locomoción; toda vez que, la autoridad demandada mantuvo subsistente los Mandamiento de Aprehensión y de Arraigo librados en contra suya, pese a que el proceso penal concluyó con la Resolución de Sobreseimiento emitida por el Ministerio Público, la cual quedó firme al no haber sido impugnada oportunamente por la víctima. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; para el efecto, se analizarán los siguientes temas: i) Sobre los efectos del sobreseimiento y de la autoridad competente para su revocación; y, ii) Análisis del caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- concedió
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.10.
- i)
- SCP 0725/2014 de 10 de abril
- Considerando que de la lectura del segundo párrafo del art. 324 del CPP, el fiscal solo está impelido a remitir la resolución de sobreseimiento de oficio cuando no se haya constituido parte querellante, o en su caso, ésta se haya ausentado o abandonado el proceso penal
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR