Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
II.1.
II.1. A través del informe escrito de 31 de diciembre de 2017, remitido ante el Juez de garantías, se evidenció que dentro del proceso penal seguido contra el ahora accionante, la autoridad demandada señaló audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva para el 29 del referido mes y año a las 16:00, la cual fue suspendida, puesto que en la citada fecha también fijó otra audiencia de medidas cautelares con dieciséis personas aprehendidas, motivo por el cual, se retrasó dos horas la audiencia solicitada por el peticionante, siendo la misma suspendida y reprogramada para el 4 de enero de 2018 (fs. 5 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3)
- …busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- tramitadas, resueltas
- III.2.
- trece días
- REVOCAR