SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2018-S4
Fecha: 21-May-2018
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión; resuelve, REVOCAR la Resolución 411/2017 de 31 de diciembre, cursante a fs. 9 y vta., pronunciada por el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada, en el marco del principio de celeridad, en audiencia resuelva la situación jurídica del accionante, salvo que por el trascurso del tiempo la misma ya hubiera sido definida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3)
- …busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- tramitadas, resueltas
- III.2.
- trece días
- REVOCAR