SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2018-S1

Fecha: 21-May-2018

denegó

La Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 10 de 9 de noviembre de 2017, cursante de fs. 424 vta. a 427, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante no estableció la relación de causalidad entre el hecho y la autoridad que vulneró sus derechos fundamentales, puesto que en el presente caso, el Memorándum I.O.O.B. 002/2017 de 11 de abril, fue firmado por el Gerente del Instituto Oncológico del Oriente Boliviano, Arturo Armando Rosas Zamora y el Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.), Roberth Carrizales Rodríguez, y no así por las autoridades ahora demandadas; b) La impetrante de tutela no agotó la vía administrativa; toda vez que, no reclamó la vulneración de sus derechos ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, dado que se encuentra fuera de los tres meses establecidos por la jurisprudencia para denunciar ante la mencionada Jefatura sus derechos vulnerados; y, c) La prenombrada debió agotar la vía administrativa a efectos de poder acudir a la vía constitucional.