SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2018-S4

Fecha: 21-May-2018

situación de embarazo

Dicha protección será efectivizada con mayor razón cuando se trate del resguardo de los derechos de una persona que requiere atención prioritaria por parte del Estado, tal es el caso de la ahora accionante, puesto que se encuentra en estado de gestación, conforme se tiene de la documentación adjunta, resultando entonces imperativo aplicar, interpretar y pronunciarse favorablemente respecto de los derechos laborales que fueron denunciados como vulnerados. Ahora bien, bajo esta premisa, la Constitución Política del Estado en su art. 48.IV dispone que: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza de la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad” (las negrillas son nuestras).

Consecuentemente, a efectos de la protección reforzada que brinda la Constitución Política del Estado y el bloque de constitucionalidad a los derechos primarios de las mujeres trabajadoras en estado de gestación, conforme a la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.2 de la Presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se han previsto medidas de protección urgentes e inmediatas a objeto de evitar la discriminación por la condición de embarazo y/o ante la posibilidad de un retiro intempestivo de su fuente laboral; en este sentido, en el presente caso, se evidencia que la impetrante de tutela fue desvinculada de su fuente laboral sin causa justificada y sin considerar su estado de madre gestante, por lo que, corresponde también brindar la protección constitucional conferida a la mujer embarazada, y de este modo garantizar a la misma los derechos a la inamovilidad y estabilidad laboral que le son reconocidos por la Norma Suprema.