SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2018-S3
Fecha: 21-May-2018
a)
El accionante a través de su abogado, ratificó en su integridad los fundamentos de la acción tutelar interpuesta ampliándola señaló que: a) Es Fiscal de Materia institucionalizado, ejerciendo sus funciones por catorce años y por decisión de la autoridad demandada se optó injustamente por su traslado a la ciudad de Oruro; b) Desde el 2010 fue objeto de constantes desplazamientos al interior del departamento de Beni en forma continua y no es casual lo que viene atravesando con la decisión de trasladarlo de un territorio a otro por una necesidad institucional, considerando lo que se está afectando es el derecho al trabajo bajo el principio de la garantía fundamental de la inamovilidad laboral. Asimismo, en la Resolución que se impugna no se dio a conocer quién se hará cargo de los gastos del viaje y qué funciones cumplirá en la Fiscalía Departamental de Oruro; y, c) Hizo la entrega de las SSCC 0650/2005-R, 1579/2011-R, y las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0181/2015-S3 y 0754/2016-S2, donde se constata la diferencia entre el desplazamiento y el traslado de un distrito a otro.
- Las instrucciones serán impartidas de manera fundamentada
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- …la acción de amparo forma parte del control reforzado de constitucionalidad o control tutelar de los derechos y garantías, al constituirse un mecanismo constitucional inmediato de carácter preventivo y reparador destinado a lograr la vigencia de los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- administrativas
- Esto significa que las resoluciones deben ser ante todo claras e inteligibles, más que abundantes, pues tienen la finalidad de informar de manera efectiva a las partes sobre los aspectos más relevantes de la resolución, permitiéndole asumir un conocimiento cabal y suficiente acerca de las razones que sustentan la decisión
- La motivación, es una exigencia constitucional de las resoluciones judiciales y administrativas o cualesquiera otras, expresadas en un fallo en general
- III.3. Desplazamiento de fiscales de materia en el territorio del Estado boliviano
- implica que la decisión de desplazamiento de un fiscal del ámbito territorial donde ejerce funciones a otro, deberá explicar o exponer el motivo o razón justificada por la cual se asume dicha medida y/o se requiere la intervención y atención inmediata de la autoridad a ser desplazada
- CONFIRMAR